Cuaderno Principal
Sumilla: Demanda de hábeas corpus
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO PENAL
AAAA, identificado con DNI XXX, con dirección domiciliaria en Av. Los Cóndores 3517, San Borja, Lima y con domicilio procesal en la casilla XXX del Departamento de notificaciones del Colegio de Abogados de Lima; a Ud.atentamente digo:
I. PETITORIO CONSTITUCIONAL
Que, recurro a su despacho a fin de interponer demanda de hábeas corpus en nombre y representación de mi cónyuge, don BBB, quien ha sido detenido arbitrariamente por ordenes del Mayor PNP CCC de la Comisaría del distrito de San Borja, provincia de Lima; solicitando que se ordene su libertad inmediata, en atención a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Con fecha 16 de agosto de 2008, la Comisaria de la Policia Nacional del Perú des distrito y provincia antes indicados cursó una citación para que mi esposo, don BBBB, se apersonara a sus oficinas para prestar su declaración a fin de establecer los hechos relativos a una supuesta comisión de delito de hurto denunciado por la presunta agraviada, la empresa “Textil del Norte”, en la cual mi esposo trabaja como vigilante.
2. Cumpliendo con dicha citación, mi esposo se apersonó a rendir su declaración, luego de la cual el Policia concluyó que habían indicios que harían presumir su eventualresponsabilidad en los hechos denunciados, ordenando su detención inmediata.
3. El caso es que mi esposo ha sido detenido en base a las conclusiones subjetivas del oficial que le tomó la declaración, sin que haya sido sorprendido en flagrante delito y sin que exista mandato judicial de detención. Y por si fuera poco, mi esposo se encuentra a la fecha en los calabozos de la referida Comisaría por mas de 24 horas, negándose la Policia a dejarlo en libertad o a remitirlo a la Fiscalía o alJuzgado correspondiente, aduciendo que aún faltan tomar otras declaraciones y confesionar el atestado.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. De la procedencia de la demanda. Conforme al artículo 2, num.24, literal f de la Constitución Política y al num.7 del art.25 del código procesal constitucional, procede la demanda de habeas corpus en caso en detención arbitraria, en consecuencia, habiéndose configurado dicho supuesto en el presente caso, la suscrita interpone la referida demanda a través de este recurso.
2. Asimismo, al amparo de lo dispuesto por el art.6 del código procesal constitucional, están legitimados la persona perjudicada o cualquier otra en su nombre, sin necesidad de poder u otras formalidades; por lo que en virtud del referido dispositivo interpongo la presente demanda en nombre y representación de mi conyuge BBB.
3. De acuerdo al artículo 2, num.24, literal f de la ConstituciónPolítica y al numeral 7 del art.25 del código procesal constitucional, nadie puede ser detenido sino por mandato escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito; en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del juzgado que corresponda en el plazo máximo de 24 horas, como en el presente caso.
POR TANTO:
A Ud., Sr. Juez, solicito admitir la presente demanda, tramitada de acuerdo a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada, ordenando la inmediata liberación del detenido arbitrariamente.
OTROSÍ DIGO. Solicito que, una vez concluido el procedimiento, se disponga remitir los actuados al fiscal penal que corresponda, a fin de investigar a los posibles responsables, de acuerdo a los dispuesto por el art.8 del código procesal constitucional.
Lima, 18 de agosto del 2010.
1. De la procedencia de la demanda. Conforme al artículo 2, num.24, literal f de la Constitución Política y al num.7 del art.25 del código procesal constitucional, procede la demanda de habeas corpus en caso en detención arbitraria, en consecuencia, habiéndose configurado dicho supuesto en el presente caso, la suscrita interpone la referida demanda a través de este recurso.
2. Asimismo, al amparo de lo dispuesto por el art.6 del código procesal constitucional, están legitimados la persona perjudicada o cualquier otra en su nombre, sin necesidad de poder u otras formalidades; por lo que en virtud del referido dispositivo interpongo la presente demanda en nombre y representación de mi conyuge BBB.
3. De acuerdo al artículo 2, num.24, literal f de la ConstituciónPolítica y al numeral 7 del art.25 del código procesal constitucional, nadie puede ser detenido sino por mandato escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito; en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del juzgado que corresponda en el plazo máximo de 24 horas, como en el presente caso.
POR TANTO:
A Ud., Sr. Juez, solicito admitir la presente demanda, tramitada de acuerdo a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada, ordenando la inmediata liberación del detenido arbitrariamente.
OTROSÍ DIGO. Solicito que, una vez concluido el procedimiento, se disponga remitir los actuados al fiscal penal que corresponda, a fin de investigar a los posibles responsables, de acuerdo a los dispuesto por el art.8 del código procesal constitucional.
Lima, 18 de agosto del 2010.
saludos, muy interesante los Modelos de Habeas Corpus preventivo, soy de Panamá, y por lo general el Ministerio Publico ordena Detención hasta sin que se practique la diligencia de indagatoria, actualmente en nuestro País se implemento el Sistema Acusatorio que para mi criterio tenemos resultados positivos.
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